Lic. Func. 001781 de 01 de noviembre de 2006, modificada mediante Resolución 3512 de 07/12/2018 y Resolución 02229 de 15/06/2022 - NIT 60329705-6 - Dane 354001011550
Educación Formal por Ciclos Lectivos Especiales Integrados (CLEI). Es la educación para jóvenes en extraedad y adultos; es una de las alternativas que ofrece el sistema educativo colombiano para aquellas personas que por cualquier circunstancia no ingresaron al servicio educativo o desertaron prematuramente del mismo y tenga como mínimo dos años sin haber estudiado. Esta modalidad educativa está regulada por el Decreto 3011 de 1997.
Los Ciclos Lectivos Especiales Integrados (CLEI) de la educación básica y la media académica corresponden a los lineamientos generales de los procesos curriculares del servicio público educativo, establecidos por el Ministerio de Educación Nacional teniendo en cuenta que dichos ciclos están organizados de tal manera que los logros académicos alcanzados tengan correspondencia con los Ciclos Lectivos Regulares de la educación básica y media, con horarios flexibles y generalmente de carácter semipresencial, abierta y a distancia, apoyada con materiales educativos de autoaprendizaje.
Como los ciclos lectivos especiales integrados no son susceptibles de división, el estudiante puede ingresar al ciclo tercero de la Educación Formal por Ciclos, lo termina independientemente de que haya cursado el grado sexto (6) en una institución educativa de educación formal regular. Igual tratamiento se da para el grado octavo (8), para éste, se ingresa al ciclo cuarto.
La educación media académica se ofrecerá en dos (2) ciclos lectivos especiales integrados, a las personas que hayan obtenido el certificado de estudios del bachillerato básico de que trata el artículo 22 del presente decreto o a las personas de dieciocho (18) años o más que acrediten haber culminado el noveno grado de la educación básica.